Normativa contratación de nuevos taxistas Barcelona

Requisitos

A partir de hoy, 6 de octubre de 2020, ha quedado derogada la Norma complementaria V del Reglamento metropolitano del taxi que prohibía la contratación de asalariados.

Desde este momento, cualquier titular de licencia puede contratar un asalariado. Antes, pero, se tendrá que cumplir una serie de requisitos entre los cuales destaca:

Necesidad de espacios para garantizar el cambio de turno

Los titulares con una o dos licencias tienen que acreditar la existencia de un parking con título de propiedad o arrendamiento donde guardar el vehículo y hacer el cambio de turno.

Los titulares con tres a seis licencias tienen que acreditar la existencia de un parking con espacio para hacer el cambio de turno, el cual tiene que disponer de un pequeño vestuario por los trabajadores y acceso a lavabos, así como un contrato de limpieza de los vehículos si esta no es posible hacerla en el puesto de trabajo.

A partir de siete licencias se tendrá que acreditar tener un local, donde se haga el cambio de turno, con vestuarios para los trabajadores, lavabos, lugares de limpieza de vehículos, así como espacio para pequeñas reparaciones.

Documentación requerida

Además del local, los titulares que quieran explotar sus licencias con asalariados o familiares tendrán que presentar:

  • Un Plan de control horario de los trabajadores (válida una declaración jurada, inicialmente)
  • Un Plan de riesgos laborales (mutuas)
  • Un certificado de estar al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales (Seguridad Social y Hacienda)

Otras

Para poder hacer el alta, tanto el titular como los conductores asalariados y familiares, tienen que estar al corriente del pago de multas firmes con vía administrativa por infracciones cometidas para contravenir las normas del Reglamento metropolitano del taxi.

Tramitación

A partir de esta norma, para la primera contratación se tendrá que pedir cita previa a lo IMET.

 

Circular Informativa Precio Cerrado Nuevos Servicios APP Radiotaxis Barcelona

Circular Informativa Taxistas Precio Cerrado

Estimad@ taxista

Imagen_Mov_App_elTaxiDesde el STAB nos dirigimos a ustedes para informarles de los últimos preparativos a realizar para la puesta en marcha de la tarifa T5 de Precio Cerrado durante las siguientes semanas.El pasado 24 de mayo la Comissió de Preus de Catalunya, a solicitud del Área Metropolitana de Barcelona, aprobó la tarifa de precio cerrado (T5) para el servicio del taxi dentro del ámbito metropolitano de Barcelona, que ha entrado en vigor desde este pasado 8 de junio (quince días después de su aprobación).

El importe de los servicios de precio cerrado se calcula por aplicación Móvil atendiendo a las tarifas públicas y reguladas englobadas bajo el nombre Tarifa Cinco (T5) Precio Cerrado calculado en función de la distancia, horarios y suplementos que veréis a continuación.

 TARIFA PRECIO CERRADO AMB  – 2019

Concepto Euros
 
Laborable 8:00 – 20:00  
Bajada bandera 3,20 €
Precio km carrera <= 5 km 1,77 €/km
Precio km carrera >5 i <= 7 km 1,63 €/km
Precio km carrera >7 i <= 10 km 1,51 €/km
Precio km carrera > 10 km 1,26 €/km
 
Laborable 20:00-8:00, sábados y festivos  
Bajada bandera 3,20 €
Precio km carrera <= 5 km 1,82 €/km
Precio km carrera >5 i <= 7 km 1,71 €/km
Precio km carrera >7 i <= 10 km 1,62 €/km
Precio km carrera > 10 km 1,39 €/km

 

Suplementos Euros
Origen/destino aeropuerto 3,10 €
Vehiculos de más de 5 plazas con más de 4 pasajeros (incluyendo todos los pasajeros) 3,10 €
Noches especiales (20-8 h)

23/VI – 24/VI ; 24/XII – 25/XII; 31/XII – 1/I

3,10 €
Otros conceptos
Trayectos muelle adosado ßàAeropuerto 39,00 €
Percepción mínima carreras origen aeropuerto incluyendo todos los suplementos 20,00 €
Importe mínimo de un servicio immediato

Importe mínimo de un servicio con reserva anticipada

5,00 €

7,00 €

La tarifa de precio cerrado para un Servicio de taxi dentro del AMB se ajustarà a las normas siguientes:

  • La tarifa de precio cerrado será de aplicación por las APPs, sobre dispositivos móbiles, de contratación del Servicio del taxi del AMB donde el usuario final de la aplicación sera el cliente del taxi.
  • La tarifa de precio cerrado sólo la podran aplicar las APPs de las empresas mediadoras que cumplan con los requisitos establecidos en elDecreto 314/2016 de 8 de noviembre, hayan hecho la comunicación prévia al IMET  y hayan pasado la validación por los  servicios técnicos del IMET del programa correspondiente.
  • La tarifa de precio cerrado serà de aplicación a los Servicios de taxi dentro del Area Metropolitana de Barcelona
  • Las APPs tendran que ofrecer al usuario la possibilidad de escoger entre la contratación del Servicio con un precio cerrado determinado o la contratación del Servicio con la tarifación a través del taxímetro.
  • El programa a emplear para el calculo de la distància serà de libre elección dentro de los que son de reconocido prestigio, general conocimiento en el mercado y de fàcil acceso para el consumidor.
  • La APP tendra que informar al usuario del programa empleado para el calculo de la distancia según la mejor ruta.
  • Para el calculo del precio cerrado, se determinarà la ruta a efectuar desde el punto de origen al punto de destino por el camino más adecuado teniendo en cuenta las condiciones de trafico, el quilometratge y el tiempo.
  • Los precios de aplicación para los Servicios concertados con fecha y hora de recogida, seran los que se correspondan al inicio del Servicio. Con este mismo criterio se aplicarà el suplemento de noche especial.
  • Para los Servicios de realización immediata seran de aplicación los precios correspondientes al momento de la contratación del Servicio. Con este mismo criterio se aplicarà el suplemento de noche especial.
  • La determinación del precio cerrado de un Servicio, dado un punto de origen y un punto de destino dentro del AMB, se calculará de la manera siguiente:

Precio cerrado = Bajada de bandera + N.km * Precio km segun longitud carrera + importe suplementos de aplicación

  • Si el punto de origen de la carrera es el aeropuerto de Barcelona y el precio determinado < 20 euros, el precio cerrado serà de 20 euros. Este precio incluye todos los suplementos.
  • Si el Servicio corresponde a un trayecto del aeropuerto de Barcelona al muelle adosado o al revés, el precio cerrado serà de 39 €. Este precio cerrado incluye todos los suplementos.
  • La tarifa de precio cerrado incluye el desplazamiento hasta el lugar de encoche y cinco minutos de espera.
  • La tarifa de precio cerrado no contempla la realización de paradas intermedias.
  • El importe mínimo de un servicio de contratación immediata será de 5 €.
  • El importe mínimo de un servicio con reserva anticipada será de 7 €.
  • En caso de que el trayecto pase por los túneles de Vallvidrera, el precio del peaje de ida y vuelta irá incluido en el precio cerrado determinado.
  • El precio cerrado se redondeará en múltiplos de 0,05 €
  • No seran de aplicación otros suplementos y conceptos no contemplados en la tarifa de precio cerrado.
  • La APP mostrará el número de quilómetros conjuntamente al precio cerrado determinado.
  • Se emitirá al cliente una factura simplificada en la finalización del servicio, indicando nro. licencia, fecha y hora de inicio del servicio, punto de origen y de destino así como la tarifa aplicada y el importe facturado. Esta factura podrá ser electrónica.
  • El taxista ha de poder acreditar la concertación durante la realización del Servicio y una vez finalizado el mismo.
  • La APP habrá de llevar un registro de los Servicios realizados con la tarifa de precio cerrado donde conste la fecha y hora del Servicio, la dirección de orige, la dirección de destino, km. Y precio. Este registro habrá de estar a disposición del IMET a efectos de inspección.

¿Cómo funciona?

Tal como se estipula, l@s taxistas del AMB, cuando reciban un servicio con precio cerrado desde cualquier aplicación de servicio inmediato o el comienzo de la realización de una reserva de taxi, deberán proceder del siguiente modo con su taxímetro:

  • La tarifa de precio cerrado corresponderá con la tarifa 5
  • La tarifa 5 tendrá una bajada de bandera de 0€
  • La franquicia, el importe kilométrico y el importe horario de la tarifa 5 serán los mismos que los existentes en la tarifa 4 (Aeropuerto <-> Muelle adosado)

Otras consideraciones importantes que deberán tenerse en cuenta en el uso de dicha tarifa:

  • La tarifa de precio cerradoserá de aplicación en los servicios de taxi que se realicen dentro del Área Metropolitana de Barcelona.
  • La tarifa de precio cerradoincluye el desplazamiento hasta el lugar de recogida y 5 minutos de espera
  • La tarifa de precio cerradono contempla la realización de paradas intermedias
  • Se emitirá al cliente una factura simplificada a la finalización del servicio, indicando el número de licencia, fecha y hora del inicio del servicio, punto de origen y de destino, así como la tarifa aplicada y el importe facturado. Esta factura podrá ser electrónica

¿Qué tengo que hacer?

Para tener acceso a los servicios de Precio Cerrado se deberá cambiar la tarifa de su taxímetro la tarifa de precio cerrado, de lo contrario no se accederá a ningún servicio de este tipo.

 

Acuda al STAB (calle Juan de Garay 21) para más información sobre cómo, dónde actualizar su tarifa y que emisoras la llevarán.

 

 

Crecimiento exacerbado de VTC – datos 2019 – comparativa taxi

uberycabifyelcomecocosdeltaxiEl siguiente cuadro muestra la distribución de autorizaciones VTC por Comunidades Autónomas comparadas con el número de licencias de taxis con permiso interurbanas (VT). También se muestra el número de taxis por cada licencia VTC.

Salta a la vista que prácticamente en ninguna comunidad se cumple el ratio legalmente establecido de 1 VTC por cada 30 taxis.

Destaca Madrid, la Rioja y Cantabria, son las CC.AA. donde hay 2,5 taxis por cada VTC.

ESTADISTICA Taxi vs VTC a ENERO 2019

El siguiente cuadro muestra el crecimiento exacerbado y acelerado de licencias VTC en el territorio Español. En tan solo 14 meses estamos en cotas de crecimiento mensual medio del 7% nacional, pero con especial incidencia en las comunidades de la Rioja, Madrid y Cataluña dónde el crecimiento mensual es de 2 dígitos.

ESTADISTICA Taxi vs VTC a Enero 2019 14meses

Este crecimiento de VTC descontrolado en tan poco tiempo es el factor determinante que implica que tanto CC.AA. como las administraciones locales del transporte (ayuntamientos o area metropolitanas) deban regular con la máxima prioridad la actividad. Prácticamente en poco más de un año se han duplicado el número de licencias VTC.

Fuente: Fomento

Jornadas informativas para taxistas sobre la nueva Ley de Protección de Datos

foto nota prensa jornadas informativas protección de datos

Durante toda esta semana el despacho de abogados M&M Asociados 2013, especializados en el Reglamento Europeo de Protección de Datos, está impartiendo unas jornadas informativas para taxistas en la sede de STAB sobre la nueva ley de protección de datos. Esta nueva Ley de Protección de Datos – RGPD (UE) 679/2016 del Parlamento Europeo, al igual que la anterior es de obligado cumplimiento para todas las empresas que traten datos personales. El sector del taxi no escapa a esta nueva obligación que además conlleva un fuerte incremento en las sanciones pudiendo llegar hasta el 4% de la facturación. Un ejemplo práctico de un taxi medio que facture alrededor de 70.000 €, supondría una sanción de 2.800 €.

Este nuevo reglamento pretende dar mayor poder a los ciudadanos sobre sus datos personales, en redes sociales, uso de tarjetas bancarias, banca online, etc.

El taxi ha tenido en los últimos años un incremento masivo tanto del sistema de pago por medio de tarjetas, como con la entrada de los asalariados, motivos éstos entre otros, que obliga a cada taxista a cumplir con la ley. Con estas jornadas informativas se pretende ayudar a los profesionales del sector a confeccionar su propia protección de datos.

Material Club del Taxi 1

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Para inscribirte, debes registrarte pinchando aquí: www.clubdeltaxi.club-affinity.es/Registrate 

 

Horario de trabajo desde el 14 de julio al 13 de agosto

the-eleventh-hour-3101625_640Considerando la resolución de gerencia del IMET de 25 de octubre de 2017, que permite a las licencias que realizan el descanso obligatorio los domingos trabajar desde las 5,00 horas hasta las 6,00 horas del lunes, y visto acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Metropolitano del Taxi de 9 de noviembre de 2017 relativo al calendario de horarios especiales para el año 2018, la gerencia de este organismo ha resuelto establecer el horario de trabajo que regirá desde el 14 de julio hasta el 13 de agosto en uso de la autorización otorgada por acuerdo del Consejo de Administración, con los siguientes criterios:

De las licencias que tienen descanso obligatorio en sábado o domingo, según corresponda, podrán trabajar las acabadas con los números siguientes:

sábado 14 de julio 2 y 4
domingo 15 de julio 1 y 3
sábado 21 de julio 5 y 7
domingo 22 de julio 6 y 8
sábado 28 de julio 0 y 2
domingo 29 de julio 9 y 1
sábado 4 de agosto 4 y 6
domingo 5 de agosto 3 y 5
sábado 11 de agosto 7 y 9
domingo 12 de agosto 8 y 0

El horario de trabajo de estas licencias autorizadas a trabajar en sábado será: desde las 18 horas del sábado a las 6 horas del domingo.
El horario de trabajo de estas licencias autorizadas a trabajar en domingo será: desde las 18 horas del domingo a las 5,00 horas del lunes.

Además, los domingos 15, 22 y 29 de julio y 5 y 12 de agosto podrán trabajar todas las licencias de 4,00 a 6,00 horas.

Las licencias afectadas por las anteriores liberalizaciones del servicio del taxi no podrán encochar ni en el Aeropuerto ni en el Puerto.

Anuncio aprobación Reglamento servicios VTC Area Metropolitana de Barcelona

El Consejo Metropolitano del Área Metropolitana de Barcelona, en sesión celebrada el 26 de junio de 2018, ha adoptado el siguiente acuerdo:

El Consejo Metropolitano, en sesión de 27 de febrero de 2018, decidió asumir el ejercicio de la ordenación sectorial y de intervención administrativa en relación a la actividad desarrollada por los particulares de transporte público urbano discrecional de viajeros con conductor en vehículos de hasta nueve plazas que discurre íntegramente en el ámbito del Área Metropolitana de Barcelona, mediante la aprobación del reglamento de esta actividad y la correspondiente sujeción a autorización.

Asimismo, se acordó aprobar inicialmente dicho Reglamento y abrir un plazo de treinta días de información pública y audiencia con los afectados.

Durante este plazo se han presentado los escritos de alegaciones y sugerencias que figuran en el expediente y en relación a los cuales se ha emitido el informe perceptivo de la Secretaría General, que incorpora también, para mayor seguridad jurídica, el dictamen jurídico y el informe técnico que constan en las actuaciones, de los cuales resulta la ratificación de las facultades del Área Metropolitana para aprobar y aplicar la reglamentación contenida en el Reglamento y la necesidad de limitar el número máximo de autorizaciones de vehículos VTC que operan en el transporte estrictamente urbano a nivel metropolitano, sin prejuicio de la plena eficacia de las autorizaciones estatales o autonómicas en el caso del transporte interurbano.

Según dichos informes, se aceptan o se rechazan íntegra o parcialmente las alegaciones formuladas, por lo que se propone introducir determinadas enmiendas al Reglamento aprobado inicialmente, en relación al apartado 3 del artículo 7, que hace referencia a la necesidad de que los nuevos vehículos que soliciten las autorizaciones en las que se incremente el número de plazas deben adaptarse a las personas con movilidad reducida, así como también hace referencia al reconocimiento de las autorizaciones otorgadas por la Generalitat antes de la limitación primera derivada de la proporción de 1/30 respecto a las licencias de taxis (disposición transitoria). Del mismo modo, se aceptan e incorporan determinadas modificaciones puntuales asociadas a la perspectiva de género.

Por todo ello, se propone adoptar el siguiente acuerdo por parte del Consejo Metropolitano:

ACEPTAR o RECHAZAR, según resulte en cada caso, las alegaciones y sugerencias presentadas por entidades, asociaciones y particulares interesados en el trámite de información pública al que se ha sometido el Reglamento de los servicios urbanos de transporte discrecional de viajeros que realizan los vehículos de turismo de alquiler con conductor o conductora (VTC), aprobado inicialmente por el Consejo Metropolitano en sesión de 27 de febrero de 2018, e introduciendo en el texto del Reglamento las enmiendas derivadas de las aceptaciones totales o parciales.

APROBAR DEFINITIVAMENTE el Reglamento metropolitano de los servicios urbanos de transporte discrecional de viajeros que realizan los vehículos de turismo de alquiler con conductor o conductora (VTC), según el texto que se adjunta como anexo en este acuerdo. PUBLICAR el texto íntegro del Reglamento en el Boletín Oficial de la provincia de Barcelona y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, a efecto de su entrada en vigor.

NOTIFICAR dicho acuerdo a los ayuntamientos del Área Metropolitana de Barcelona, a la Agencia Catalana de la Competencia, a la Dirección General de Transportes y Movilidad del departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Catalunya y al Ministerio de Fomento, de la Administración General del Estado, así como a los grupos políticos del área metropolitanos de Ciudadanos y Partido Popular, adjuntando los informes emitidos sobre las alegaciones presentadas en el trámite de información pública.

NOTIFICAR este acuerdo a las entidades, asociaciones y particulares que han comparecido en el trámite de información pública, adjuntando una copia de los informes emitidos sobre las alegaciones y sugerencias formuladas.

Contra este acuerdo de aprobación definitiva se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona.

Barcelona, 2 de julio de 2018

El secretario general accidental, Sebastià Grau Àvila

 

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Reglamento servicios urbanos de VTC aprobado por el Consejo Metropolitano de Barcelona

Martes 26 de Junio 2018

Pleno de AMB junio 2018
Sesón del Pleno en que se ha aprobado el Reglamento

El Pleno del Consejo Metropolitano del área Metropolitana de Barcelona (AMB) ha aprobado definitivamente el Reglamento de Ordenación de transporte urbano de viajeros con conductor en vehículos de turismo que discurre íntegramente al área metropolitana de Barcelona.

La presidenta de la AMB y alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, y el vicepresidente de Movilidad y Transporte del AMB, Antoni Poveda, han manifestado en su intervención que con la aprobación definitiva de este Reglamento se da un paso más, necesario para la regulación y la ordenación de aquello que pasa por el territorio metropolitano.

La presidenta de la AMB ha asegurado que esta normativa es fruto de meses de trabajo para encontrar la fórmula jurídica para lograr este objetivo. Colau ha explicado que han sido muchas las reuniones, las consultas y los informes de expertos que han permitido traer a aprobación definitiva este reglamento y en este sentido, la presidenta se ha felicitado por el trabajo jurídico desarrollado por el AMB. “No miramos hacia otra lado, miramos la realidad, y no puede ser que disfrazados de nuevas formas de economía haya grandes intereses especulativos que se salten las reglas del juego y que pretendan amenazar el derecho a la movilidad y a la lucha contra la contaminación”, ha afirmado.

Ada Colau ha recordado que la prevista entrada de nuevas licencias VTC operante en plataformas digitales, sin el reglamento que hoy se ha aprobado, hubiera supuesto un impacto en la línea de flotación de las políticas de preservación del bien común y ha enfatizado que el AMB está en el ejercicio lleno de sus competencias en materia de movilidad, de regulación del tránsito y de defensa del sector del taxi, un sector público esencial del AMB en la lucha contra la contaminación. “No podemos permitir”, ha puntualizado, “que por una rendija legal se aprovechen plataformas digitales y pretendan invadir con miles de vehículos, nuestras ciudades metropolitanas”. “Estamos aquí para ejercer nuestras competencias, para defender el sector del taxi, pero para defender mucho más ampliamente el derecho a la movilidad, el derecho a un aire limpio, que podamos respirar”, ha remachado.

El vicepresidente de Movilidad y Transporte del AMB, Antoni Poveda, por su parte, ha concretado que “esta regulación que hoy aprobamos también tiene el objetivo de controlar el crecimiento de la circulación de vehículos que circulan por nuestras calles, teniendo en cuenta las emisiones contaminantes que generan estos turismos a nuestras ciudades”. “Recordamos las políticas que estamos haciendo e impulsando desde el AMB para crear una metrópolis con el aire más limpio y con más calidad de vida por los ciudadanos, y que pasa por la racionalización de los vehículos a motor y la restricción de los más contaminantes”, ha añadido. “Por lo tanto, la medida que hoy aprobamos también va en esta línea de sostenibilidad que aprobamos la AMB con un programa el enero del 2017, y que también están liderando otras ciudades”, ha concluido.

Antoni Poveda también ha defendido la competencia metropolitana para decidir y regular el transporte público que se presta a la Metrópolis Barcelona. “Queremos afrontar la situación del sector y los problemas para evitar que en el futuro se ponga en peligro la subsistencia de este transporte”, ha destacado.

399 AUTORIZACIONES

A partir de este momento, el AMB tendrá vigentes 399 autorizaciones de VTC, cifra que contempla las autorizaciones de la antigua Corporación Metropolitana de Barcelona, así como las otorgadas por la Generalitat de Cataluña, de acuerdo con la Orden Ministerial que establecía la limitación 1/30. El AMB también podrá otorgar autorizaciones VTC temporales para dar respuesta a acontecimientos importantes y de gran demanda de movilidad, como por ejemplo el Mobile World Congress.

Todas estas autorizaciones irán identificadas con una pegatina situada al ángulo superior derecho de la parte delantera del vehículo VTC, y podrán ser verificadas a tiempo real por el sistema de control de la Guardia Urbana y del Servicio de Inspección del AMB.

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Fuente: AMB

Llega la primera Gestoría Virtual del taxi

Como ya hicimos con la pignoración de licencias, somos la primera entidad en poner en manos de nuestros asociados la gestoría que funciona de manera online. El servicio de la Gestoría Virtual se realiza a través de la aplicación móvil Exaccta Tax, que puede ejecutarse tanto desde tu Smartphone como desde la página web de forma online.

Exaccta web

Exaccta Tax es la primera App homologada y autorizada por la Agencia Tributaria capaz de transformar la imagen de tus tickets y facturas en contabilidad real y profesional en tiempo real y enviarla directamente a tu asesor. A partir de una simple foto extrae de forma automática (con o sin conectividad) los datos relevantes de la factura y genera la contabilidad y los impuestos trimestrales en función de tu perfil tributario.

Son numerosas las ventajas que este nuevo servicio ofrece, ya que supone un ahorro de costes y tiempo:

  • Ya no tendrás que acudir físicamente a tu despacho asesor para presentar la recuperación del IVA de las facturas simplificadas.
  • Olvídate de las colas para realizar gestiones mecánicas.
  • Efectúa tu contabilidad desde la palma de tu mano, una foto basta.
  • Sin olvidar que todos los documentos capturados que se guardan en la nube tienen validez legal y están disponibles para que puedas descargártelos en cualquier momento desde cualquier lugar directamente desde tu intranet.
  • Podrás conocer en todo momento la marcha de tu actividad y no tendrás que esperar al final del trimestre para saber cuánto vas a pagar.

esquema

Además de ofrecerte esta herramienta para facilitar la gestión contable, seguirás contando siempre con el asesoramiento personalizado del Sindicato.

Si no eres socio de STAB y estás interesado en incorporar la herramienta de la Gestoría Virtual, ponte en contacto con nosotros:

 

Ignacio Urios:  iurios@sintab.es

Tel.: 93 340 27 90